Para poder tener a disposición y como recordatorio el criterio correcto para entregar o no un certificado de ética, recordamos que:
El criterio a utilizar respecto a la entrega de certificados de ética, venta de medios de certificación (estampillas, libretas, etc.) o trámites en general (exceptuando el trámite de BAJA para el cual SÍ debe estar al día con los pagos), es que mientras el matriculado revista la condición de ACTIVO se encuentra habilitado para solicitarlos.
Para negar estos derechos, el matriculado/a debe estar SUSPENDIDO/A.
Lo que no quita que a alguien que no está suspendido y debe cuotas de matrícula se lo ponga en conocimiento y se le proponga pagar lo atrasado.