Documentación necesaria para viajes al exterior con animales de compañía

Desde el CVPBA compartimos material realizado por el Equipo de la Dirección de Comercio Exterior Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria sobre el traslado de perros y gatos hacia el exterior del país y la tramitación del Certificado Veterinario Internacional (CVI) requerido para ello.

El CVI que emite SENASA requiere, entre otros requisitos, la presentación del certificado de vacunación Antirrábica y el Certificado de Salud emitidos por los veterinarios privados matriculados.

A los fines de mejorar el procedimiento, agilizar la tramitación del CVI y evitar confusiones por parte de los propietarios y certificadores, resulta importante aclarar que la información contenida en los certificados, en especial ciertos datos de identificación del animal (por ejemplo, la edad, la raza, etc.), deben ser precisos y consistentes en toda la documentación de respaldo.

Es por ello, que la Dirección de Comercio Exterior Animal dependiente de la DNSA solicita la colaboración de todos los colegas matriculados atendiendo a las aclaraciones que se resumen en la presente, que estimamos disminuirá las demoras y rechazos en oficinas certificadoras o en puestos de control.

La documentación generada por los veterinarios matriculados como el Certificado de Salud, Certificado de Desparasitación, entre otros, es información fundamental que da sustento sanitario a la emisión del Certificado Veterinario Internacional (CVI) por parte de SENASA.

Cuando el usuario (tutor) utiliza el sistema de autogestión de Senasa –https://mascotas.senasa.gob.ar/, esta documentación y los datos de la mascota son cargados en un formulario electrónico para generar posteriormente la solicitud de exportación. En ciertas ocasiones, se cometen errores, inconsistencias u omisiones que retrasan o afectan la emisión del CVI, mayormente en datos del animal, como la edad y la raza.

Estas situaciones provocan demoras en el trámite e incluso rechazos en los puntos de salida del país o durante el ingreso al país de destino.

Es por ello que, para disminuir estos errores u omisiones, solicitamos que la información contenida en los certificados emitidos sea lo más precisa y consistente posible, especialmente en los Certificados de vacunación Antirrábica y el Certificado de Salud.

RAZAS

En la certificación de caninos o felinos, la raza es una característica relevante que es verificada en los controles oficiales ya que forma parte de la identificación individual del animal. La declaración de la raza debe ser exacta para las razas puras, y mencionada también en aquellos animales mestizos.

Esto último es especialmente importante porque ciertos países presentan restricciones no sanitarias y no admiten algunas razas por considerarlas de riesgo o “peligrosas” según su propia normativa, incluyendo a sus mestizos.

Además, algunas líneas aéreas no permiten el traslado de mascotas del grupo de los braquicefálicos, por lo tanto, el pasajero deberá consultar con las mismas si es viable su traslado.

En resumen, existiendo la posibilidad de no ser admitido para su embarque o ingreso al país de destino, resulta muy importante certificar la raza de manera correcta y consistente en toda la documentación del animal.

EDAD

En relación a la edad del animal declarada, la misma debe ser la más cercana a la realidad, teniendo en cuenta que figurará en toda la documentación de respaldo y será utilizada por el propietario (tutor) cuando gestione el trámite ante SENASA.

Para evitar errores e inconsistencias es importante procurar que figure la misma edad en todos los certificados emitidos, siendo fundamental en el Certificado de vacunación Antirrábica, que será tomado como referencia para la certificación internacional.

Es importante aclarar también, que algunos países imponen limitaciones para el ingreso de mascotas menores a cierta edad (por ejemplo, menores de 3 meses), y el propietario deberá consultarlo en los requisitos de cada país.

Como se mencionó anteriormente, a los fines de la certificación, el SENASA tomará como válida la raza y la edad que figuran en el Certificado de vacunación Antirrábica, dado que es el que viajará con el animal y con el CVI emitido.

Por último, se recuerda que los requisitos específicos por destino, se encuentran disponibles en el buscador: https://mascotas.senasa.gob.ar/index.php/consultar_requisitos

Asimismo, en el enlace https://www.argentina.gob.ar/servicio/animales-vivos-trasladar-perros-yo-gatos  disponen de toda la información relacionada con el traslado de ANIMALES DE COMPAÑÍA.

Allí también encontrarán un apartado con preguntas frecuentes y modelos orientativos o sugeridos para confeccionar certificados de Desparasitación, Implantación / Lectura de Microchip /Leishmaniasis / Miasis en caso necesario. En caso que los veterinarios cuenten con modelos propios, los mismos deberán contener los datos mínimos requeridos necesarios para la posterior certificación internacional.

Se adjuntan los mismos en carácter orientativo a fin que puedan resultarles de utilidad.

Modelo orientativo de certificado veterinario